LAS UNIONES ADULTERINAS

Tradución: Lope Cilleruelo, OSA

Revisión: José Rodríguez Díez, OSA

LIBRO SEGUNDO

Indisolubilidad del matrimonio cristiano.
Separación sin divorcio

CAPÍTULO I

Motivo de este segundo libro

1. Sobre las cuestiones que me habías consultado por escrito, religioso hermano Polencio, respondí yo con un folleto no pequeño acerca de los que se vuelven a casar viviendo sus cónyuges. Al leerlo tu dilección, añadiste algunas cosas a tu librito, deseando que yo respondiese también a ellas. Pero cuando me disponía a hacerlo, poniendo algunas adiciones al mío para que todo se contestase en un solo libro, fue publicado de pronto, a petición de los hermanos, sin saber los nuestros que todavía tenía yo que añadir algo más. Así me he visto obligado a contestar en otro opúsculo a tus adiciones. No las pusiste todas al fin de tu librito, sino que las intercalaste donde te pareció conveniente.

CAPÍTULO II

Según Polencio, el adulterio es como una muerte disolvente

2. El primer punto al que creo deber responder es aquel pasaje del Apóstol que dice con estas palabras: A los demás [casados] digo yo, no el Señor, que la mujer no se separe de su marido; y que si se separa, permanezca soltera o se reconcilie con su marido 1. Piensas [Polencio] que al decir si se separa no se refiere a un marido adúltero, única causa lícita de la separación, sino a un marido honesto, y que por eso se le manda que permanezca soltera, para que pueda reconciliarse con él, si él no quiere guardar continencia; de ese modo no obligará a su marido a adulterar, esto es, a tomar otra mujer viviendo ella, por no reconciliarse. Piensas, por el contrario, que, si se separa del marido adúltero, no se le manda que permanezca soltera; puede hacerlo si quiere guardar continencia; pero, si se casa, no se la puede considerar como violadora del precepto. Y añades que otro tanto hay que decir del marido.

No ha de dejar a su mujer sino por causa de adulterio; si la deja, ha de permanecer soltero para que pueda reconciliarse con su mujer honesta, en el caso de que ella no prefiera guardar continencia; si él se negase a reconciliarse con su mujer honesta, la obligaría a cometer adulterio al no contenerse y tomar otro marido en vida del primero. Piensas, en cambio, que si se ha separado de su mujer adúltera, ningún precepto le obliga a guardar continencia; y, por lo tanto, no comete adulterio si toma otra mujer viviendo la primera. Dice el Apóstol: La mujer está ligada mientras vive su marido; pero, si su marido muriere, queda libre; cásese con quien quiera 2. Y tú piensas que con el adulterio el varón puede considerarse como un muerto, y la mujer como una muerta, y que así ha de entenderse este pasaje; por ende, cuando un cónyuge adulteró, el otro es libre para volverse a casar lícitamente, como si el otro hubiese muerto.

CAPÍTULO III

Para Agustín, San Pablo condena la teoría de Polencio

3. Y yo te pregunto después de recapacitar en el sentido que das: ¿Ha de considerarse como adúltero al que toma una mujer que ya no está ligada a su marido? Estimo que dirás que no. Precisamente la mujer, mientras viva su marido, será llamada adultera si se fuese con otro marido, porque está ligada mientras su marido viva 3. Si no tuviese ese vínculo con su marido vivo, podría casarse con otro sin delito de adulterio. Si está ligada mientras su marido viva, no se la puede declarar libre del vínculo sino cuando muere el marido. Y si ese vínculo entre el esposo y la esposa solo se rompe con la muerte, y hemos de considerar como una muerte el adulterio, según tú dices, entonces no cabe duda de que queda libre la mujer con solo adulterar. Ya no se podrá decir que está ligada a su marido, puesto que el marido quedó ya libre de ella. Por lo tanto, no será ya adúltero el que se case con ella después de haberse liberado del marido por el adulterio.

CAPÍTULO IV

Adulterio y muerte no son homologables

Ya ves [Polencio] cuán absurdo es que alguien no sea adúltero justamente porque se casó con una adúltera. Y lo que es más monstruoso, ni siquiera será adúltera la mujer, pues, respecto al segundo marido, no será mujer ajena, sino propia. Una vez roto por el adulterio el primer vínculo conyugal, si se casa con un soltero, no serán ya adúltero y adúltera, sino marido y esposa. Y, entonces, ¿cómo será verdad que la mujer está ligada mientras viva su marido? Ahí tienes que vive su marido, pues no ha muerto corporalmente ni ha caído en adulterio -adulterio que tú considerarías como una muerte-; y, sin embargo, la mujer [adúltera] no estaría ligada ya a él. ¿No ves cuán contrario es esto al Apóstol, que dice: La mujer está ligada mientras viva su marido?

Quizá dirás tú: "Vive, pero ya no es su marido, pues dejó de serlo cuando por el adulterio rompió el vínculo conyugal". Pero, entonces, ¿cómo en vida de su marido será llamada adúltera si se va con otro marido, pues ya no es su marido desde que rompió el vínculo conyugal con el adulterio? ¿En vida de qué marido sino del suyo será llamada adúltera si se va con otro? Si dejó de ser su marido, no será llamada adúltera en vida de él si se va con otro, sino que, careciendo de marido, se casará con el suyo propio. ¿Acaso no ves cuán contrariamente al Apóstol siente el que esto siente? Tú no lo sientes, pero ello se sigue de lo que tú sientes. Cambia los antecedentes si quieres evitar los consiguientes. Y no digas que muertos son también los cónyuges que adulteran.

Solamente la muerte disuelve
el matrimonio cristiano

4. Por lo tanto, según la sana doctrina, la mujer está ligada mientras viva su marido, esto es, mientras no muera corporalmente. Porque la mujer sometida al marido, mientras él viva, está ligada por la ley, esto es, mientras el marido esté vivo corporalmente. Si hubiese muerto su marido, esto es, si hubiese salido de su cuerpo, queda libre de la ley del marido. Así, en vida de su marido será llamada adúltera si se va con otro varón. Pero, si hubiese muerto su marido, liberada queda de la ley, de modo que ya no sea adúltera si se va con otro marido 4. Estas palabras del Apóstol tantas veces repetidas, tantas veces inculcadas, son verdaderas, son vivas, son sanas, son claras. La mujer no comenzará a ser esposa del marido posterior si antes no deja de existir el anterior. Y dejará de ser esposa del anterior si él muere, no si adultera. Lícitamente es abandonada la esposa por causa de adulterio; pero queda el vínculo, por el que se hace reo de adulterio el que tome a la abandonada aunque sea por causa de adulterio.

CAPÍTULO V

El vínculo conyugal se rompe con la muerte corporal,
no con el adulterio ni con la separación. Es como un bautismo

Si el reo de algún crimen es excomulgado, permaneciendo en él el sacramento de la regeneración, no es privado de ese sacramento aunque nunca se reconcilie con Dios. Pues de igual modo puede ser abandonada la mujer por causa de adulterio mientras permanece en ella el vínculo de la alianza conyugal; pero no cesará ese vínculo aunque nunca se reconcilie con su marido; solo cesará si el marido muriere. El reo excomulgado jamás carecerá del sacramento de la regeneración aunque nunca se reconcilie, porque jamás muere Dios. Luego, si queremos saber según el Apóstol, no digamos que el adúltero es considerado como muerto, y que por eso le es lícito a la mujer tomar otro. Cierto, el adulterio es una muerte, no del cuerpo, sino del alma, que es peor; pero no hablaba de esa muerte el Apóstol cuando decía: si hubiese muerto su marido, cásese con quien quiera 5, sino que hablaba de sola aquella muerte por la que se sale del cuerpo. Si por el adulterio de un cónyuge se rompe el vínculo conyugal, se sigue aquella perversidad que se ha de evitar, según hice ver: que la mujer con su impureza rompería ese vínculo; y, si lo rompe, quedaría libre de la ley del marido; y lo que sería más tonto decir: que ya no sería adúltera si se fuera con otro, pues por el adulterio quedaría libre del primer marido.

Tan desviado va eso de la verdad, que no lo admitirá ningún sentido, no digo ya cristiano, pero ni humano. Luego la mujer está ligada mientras vive su marido 6, o, para decirlo más claramente, mientras su marido vive corporalmente. De igual forma, el marido está ligado mientras su esposa viva corporalmente. De donde, si quiere abandonar a la adúltera, no tome otra, no sea que él mismo cometa el pecado que condena en ella. De igual modo, si la mujer abandona al adúltero, no tome otro, porque está ligada mientras viva el suyo, y solo se librará de la ley de él si él muere; solo entonces no sería adúltera si se fuera con otro varón.

CAPÍTULO VI

Después del adulterio, lo mejor es proceder a
la reconciliación cristiana entre cónyuges

5. Te parece duro [Polencio] que uno de los cónyuges se reconcilie con el otro después del adulterio. Si hay fe, no será duro. ¿Por qué consideramos adúlteros a los que ya han sido lavados por el bautismo o sanados por la penitencia, según creemos? En la Antigua Ley de Dios, ningún sacrificio podía limpiar estos crímenes, que se limpian, sin duda alguna, en la sangre del Nuevo Testamento. En aquel tiempo estaba totalmente prohibido recibir a la esposa contaminada por otro; aunque David, como símbolo prefigurativo del Nuevo Testamento, no dudó en recibir a la hija de Saúl, a quien su padre Saúl había separado de él y entregado a otro 7. Pero ahora, después que Cristo dijo a la adúltera: ni yo te condenaré; vete y no peques en adelante 8, ¿quién no entenderá que el marido debe perdonar lo que sabe que perdonó el Señor y que no debe llamar adúltera a su mujer cuando la ve arrepentida y cree que su delito ha sido borrado por la divina misericordia?

CAPÍTULO VII

Ejemplo de Cristo perdonando a la adúltera

6. Pero la sensibilidad de los gentiles se crispa ante esto. Y algunos de poca fe, o, mejor dicho, enemigos de la verdadera fe, temiendo, según creo, que se conceda a sus mujeres la impunidad en el pecar, arrancaron de sus códices aquella escena en que el Señor perdonó a la adúltera. ¡Como si el Señor le hubiese dado permiso para pecar cuando le dijo: en adelante no peques más, o como si la mujer no debiera ser curada por el Médico divino con la remisión del pecado para que no se molestasen estos locos! Porque esos a quienes desagrada la acción del Señor no son puros ellos mismos, ni los hace severos la castidad; pertenecen más bien al número de aquellos a quienes el Salvador dijo: quien de vosotros esté sin pecado, arroje sobre ella la piedra el primero 9. La diferencia está en que aquéllos, aterrados por su conciencia, se retiraron y dejaron de tentar a Cristo y de perseguir a la adúltera, mientras que éstos, estando enfermos, reprenden al Médico y, siendo adúlteros, se enfurecen contra las adúlteras. Supongamos que se les dijera a éstos no lo que oyeron aquéllos, esto es: quien esté sin pecado, pues ¿quién estará sin pecado?, sino quien esté sin este pecado, arroje sobre ella la piedra el primero. Pensarían quizá los que tanto se indignaban, porque no se dio muerte a la adúltera, con cuánta misericordia los perdona a ellos Dios cuando pueden seguir viviendo siendo adúlteros.

CAPÍTULO VIII

Misma sanción para adúlteros que adúlteras cristianos con testimonio pagano de criterio imperial

7. Cuando les decimos estas cosas, no solo persisten en su severidad, sino que se enfurecen contra la verdad y hablan y replican: "Pero nosotros somos varones; la dignidad de nuestro sexo no puede tolerar esa injuria de que se nos compare a las mujeres en sufrir las penas si tenemos algún trato con otras mujeres distintas de las nuestras". ¡Como si los varones no debieran más bien refrenar varonilmente las concupiscencias ilícitas cabalmente porque son varones! ¡Como si por ser varones no debieran más bien servir de ejemplo de esta virtud a sus mujeres! ¡Como si el ser varones no les obligase más a no dejarse vencer por la liviandad! ¡Como si el ser varones no les obligase más a no ser esclavos de la carne lasciva! Y se indignan si oyen que los varones adúlteros tienen pena semejante a la de las mujeres adúlteras, siendo así que se les debería castigar tanto más gravemente cuanto es más propio de ellos el vencer con la virtud y el gobernar a las mujeres con el ejemplo.

Hablo a cristianos que oyen con fe: el varón es cabeza de la mujer 10. Ahí se reconocen ellos jefes y ven que ellas deben ser sus compañeras; guárdense, por tanto, de ir a donde temen que les siga su mujer. Pero a éstos les desagrada que se mantenga una misma forma de honestidad para varones y mujeres; especialmente en esta materia quieren someterse a las leyes del mundo más bien que a las de Cristo, pues les parece que el derecho forense no obliga a los varones con los mismos lazos de honestidad que a las mujeres. Lean lo que estableció sobre este punto el emperador Antonino, que no era un cristiano, no permitiendo que el marido acuse a su mujer de delito de adulterio si él no ha dado primero en sus costumbres ejemplo de castidad; de manera que ambos sean condenados si el pleito demuestra que ambos eran impuros. Palabras de aquel emperador son estas que se leen en el Gregoriano:

"En realidad, mi escrito no prejuzgará a la causa por ninguna de las partes. Si tienes tú la culpa de que se disuelva el matrimonio, y Eupasia, tu mujer, se casase, conforme a la ley julia, por este mi rescripto será condenada por adulterio, si consta que lo ha cometido. Pero tienen que averiguar con cuidado si tú has vivido con honestidad y has procurado que ella guardase las buenas costumbres. Porque me parece sumamente inicuo que el marido exija a su mujer la honestidad que él mismo no tiene. Esto es suficiente para condenar al varón, para componer a ambas partes por compensación de mutuo delito o para suprimir la causa".

Si se ha de observar eso por el decoro de la terrena ciudad, ¿cuánto más castos quiere a los hombres la patria celeste y la sociedad de los ángeles? Siendo esto así, ¿acaso será menor, y no más bien mayor y peor, la deshonestidad de los varones, porque alardean de una soberbia y orgullosa jactancia? Que no se irriten los varones porque Cristo perdonó a la adúltera; reconozcan su propio riesgo; y, pues padecen la misma enfermedad, recurran al mismo Salvador con piedad suplicante. Confiesen que también ellos necesitan lo que leen que se hizo con la adúltera, acepten la medicina de sus adulterios, dejen a la adúltera, alaben en su propia persona la paciencia de Dios, hagan penitencia, déjense perdonar y cambien su opinión acerca del castigo de las mujeres y de su propia impunidad.

CAPÍTULO IX

Rehusada la reconciliación ante adulterio,
solo cabe continencia sin divorcio

8. Considerado y discutido esto, si pensamos con fe y humildad en la reciprocidad de la común condición, mal común, riesgo común, herida común, salud común, no será torpe ni difícil la reconciliación de los cónyuges, aun después de cometido, pero ya purgado, el adulterio, pues nadie duda de que por las llaves del reino de los cielos se perdonan los pecados. Y no es solo que, tras la separación del varón, se haya de seguir llamando adúltera, sino que, tras el consorcio de Cristo, no se la ha de llamar ya adúltera. Pero supongamos que no se hace así, ya que no hay obligación de hacerlo, pues quizá lo prohíbe alguna ley de este siglo según el estilo de la ciudad terrena, en la que no se piensa en la abolición de los crímenes por la Sangre redentora. Acéptese la continencia, pues ninguna ley la prohíbe, y no se cometa un nuevo adulterio. Poco importa que la adúltera no sea recibida de nuevo por su marido ni aun después de purificada por la divina misericordia, con tal de que los adúlteros no reconciliados no contraigan nuevo matrimonio, que no es sino adulterio, como hemos demostrado.

Porque la mujer está ligada a su marido mientras éste viva 11. Por consiguiente, también el varón está ligado mientras viva su mujer. Esta ligadura hace que no pueda contraerse nuevo matrimonio que no sea una unión adulterina. Si ella se casa con otro y él con otra, de dos adúlteros se hacen cuatro necesariamente. Más delictivo es el adulterio del que abandonó a su mujer inocente y tomó otra; Mateo cita este género de adulterio; pero no solo es adúltero él, sino que, como está escrito en Marcos, cualquiera que abandonare a su mujer y tomare otra, comete adulterio sobre ella; y si la mujer abandonase a su marido y se casase con otro, comete adulterio 12. Y como está escrito en Lucas: todo el que abandona a su mujer y toma otra comete adulterio; y el que tome a la abandonada por su marido comete adulterio 13. Sobre estos testimonios ya discutí bastante en el primer libro.

CAPÍTULO X

La tesis divorcista de Polencio por incontinencia implicaría disolución del matrimonio adúltero, que no procede

9. Quizá me replicarás [Polencio]: "El vivir en continencia es de pocos; los que han abandonado a sus mujeres adúlteras no pueden ya reconciliarse, y, en cambio, se ven en tanto peligro, que dirán que la ley de Cristo no es humana, sino de dioses [Manes]". ¡Oh hermano! Muchas lamentaciones pueden tener los incontinentes, con las que dirán que la ley de Cristo no es propia de hombres, sino de dioses, como tú dices. Pero no debemos por ellos corromper o cambiar el Evangelio de Cristo. A ti te asusta solo la demanda de aquellos que abandonan a sus cónyuges adúlteros y no se les permite contraer de nuevo, porque es de pocos el guardar continencia; y a eso se les debe animar con la alabanza, no obligar con la ley. Piensas, pues, que si se abandona a la parte adúltera y no se toma otro cónyuge será justa la queja de la incontinencia de los hombres. Pero mira que hay otras muchas quejas. Si queremos admitir las quejas de los incontinentes, tendremos que permitirles el adulterio. ¿Qué me dices, por ejemplo, cuando la esposa contrae una larga e incurable enfermedad que impide la unión sexual? ¿Qué me dices cuando interviene la cautividad u otro género de separación, de modo que el marido sabe que vive su mujer, pero no puede copular con ella? ¿Piensas acaso que deberemos admitir las quejas de los incontinentes y permitir sus adulterios? ¿Qué piensas en ese mismo punto sobre el que consultaron al Señor? Respondió que no debía hacerse, aunque por la dureza de su corazón había permitido Moisés dar libelo de repudio y despedir al cónyuge por cualquier causa 14. ¿No es cierto que la ley de Cristo desagrada a los incontinentes, que, interpuesto el repudio, quieren abandonar a sus esposas litigiosas, injuriosas, imperiosas, fastidiosas, difíciles para facilitar el débito conyugal y tomar otras? 15 Porque la incontinencia de estos se horroriza de la ley de Cristo, ¿tendremos que cambiar a su arbitrio la ley de Cristo?

Cónyuge repudiado, inocente o culpable, continente
o incontinente, es adúltero si se casa con un tercero

10. Supongamos que la mujer abandona al marido o el marido a la mujer, no por causa de adulterio, sino más bien de continencia, y que sea incontinente el cónyuge repudiado por ese motivo, ¿no será adúltero ese cónyuge si se casa con otro u otra? Si decimos que no lo será, contradecimos al Señor, cuyas son estas palabras: se ha dicho: todo el que abandonare a su mujer, que le dé acta de repudio. Pero yo os digo que todo el que abandonare a su mujer, exceptuada la causa de fornicación, la obliga a cometer adulterio; y el que tome a la abandonada es adúltero 16. La mujer fue abandonada, no abandonó ella; pero he aquí que, como el guardar continencia es de pocos, ella cedió a la incontinencia y se casó. Un adúltero tomó a la adultera. Ambos son reos, ambos han de ser condenados: la que se volvió a casar viviendo su marido y el que se casó con ella en vida de su marido. ¿Llamaremos aquí inhumana a la ley de Cristo porque declara rea de tanto delito y castiga a esa mujer inocente, que fue abandonada por su marido y que se volvió a casar obligada por el abandono, ya que el guardar continencia es de pocos?; ¿por qué no damos aquí por muerto al que abandonó a su mujer injustamente siendo el primero en romper el vínculo conyugal?; ¿con qué razón dirás que rompe el vínculo conyugal el adúltero que no abandona a su mujer, y, en cambio, no lo rompe el que abandona a su mujer casta?

Yo digo que en ambos casos perdura el vínculo que liga a la mujer mientras viva su marido, sea él continente o adúltero; y, por lo mismo, sostengo que es adúltera la que vuelve a casarse después de abandonada y que es adúltero el que la toma, ya haya sido abandonada por un adúltero, ya por un continente; porque la mujer está ligada mientras viva su marido 17. Pero ahora discutimos las lamentaciones de los incontinentes. ¿Hay cosa más justa que la queja de esta mujer que dice: "Fui abandonada, no abandoné yo; y como el contenerse es de pocos, no me contuve y me casé para no adulterar. ¿Y me llaman adúltera porque me casé?"; ¿pensaremos que por esta queja, que parece justa, hay que cambiar la ley divina para no tomar a ésta por adúltera? De ningún modo. Responderás simplemente que no debió ser abandonada, porque no dio causa de adulterio. Y en eso dices verdad, pues el Señor denunció el pecado del marido al decir: el que abandonare a su mujer, exceptuada la causa de fornicación, la obliga a cometer adulterio 18. Pero ¿acaso dejó ella de pecar al casarse de nuevo porque su marido pecó primero al abandonarla?; ¿para qué le sirve a esta mujer incontinente el quejarse contra la ley de Cristo sino para ser castigada también por su murmuración?

CAPÍTULO XI

Ilicitud del concubinato adúltero aun por motivo de procreación

11. Veamos ya la adición que intercalaste [oh Polencio] en otra parte y a la que no quisiste contestar. Te admiras y compadeces al hombre que se ve compelido a unirse con la adúltera, si no por incontinencia, al menos por la necesidad de engendrar hijos, en el supuesto que no le sea lícito abandonar a esa adúltera y en vida de ella tomar otra. Con razón te admirarías si no fuese adulterio, el tomar otra mientras viva la suya, aunque sea adúltera. Pero si es adulterio, como se ha visto en nuestra discusión anterior, ¿para qué aduces el motivo de engendrar hijos? No vamos a permitir por ese motivo una licencia deshonesta. ¿Se ha de temer morir sin posteridad tanto como se ha de elegir vivir en posteridad? Y no vivirán en esa posteridad los adúlteros, a quienes después de la primera muerte sobrecogerá la eternidad de la muerte segunda. Ese motivo de engendrar hijos obligaría a abandonar a las mujeres estériles, no adúlteras, sino castísimas, y a tomar otras. Y estimo que eso no te place.

12. Luego, si por la causa de la incontinencia no se han de exculpar los adulterios, ¿cuánto menos se han de justificar por el motivo de engendrar hijos?

CAPÍTULO XII

Consejo paulino de matrimonio por razón
de incontinencia, no por carencia de prole

A esa debilidad, esto es, a la incontinencia, quiso atender el Apóstol con la honestidad de las bodas. Porque no dijo: "Si no tiene hijos, cásese", sino: si no se contiene, cásese 19. Con la propagación de los hijos se compensa lo que se cede a la incontinencia en el matrimonio. Porque si la incontinencia es un vicio, el matrimonio no es un vicio; y por este bien se aminora la maldad venial de aquél. Las bodas fueron instituidas por causa de la generación, y por esa causa las contraían los patriarcas, los cuales se unían a varias mujeres tan solo por la obligación de engendrar, pero no ilícitamente. Entonces había cierta necesidad de propagación que ahora no hay, porque, como está escrito, hay tiempo de abrazar y ese tiempo era aquél; y tiempo de abstenerse de los abrazos 20, y ese tiempo es el actual. Hablando el Apóstol de ese tiempo, dice: por lo demás, hermanos, el tiempo es breve; solo queda que los que tienen mujer vivan como si no la tuvieran 21. Por eso, actualmente se predica con toda razón: el que pueda entender, entienda 22. Y el que no se contenga, cásese.

Entonces la continencia perdía su obligación en la boda por la propagación de los hijos; en cambio, ahora el vínculo conyugal alivia el vicio de la incontinencia para que los que no se contienen propaguen los hijos, no en la deshonestidad del estupro, sino en la honestidad del matrimonio. ¿Por qué no dijo el Apóstol: "Si no tiene hijos, cásese"? Porque en éste, que es tiempo de abstenerse de los abrazos, no es necesario propagar los hijos. ¿Y por qué dijo: si no se contiene, cásese? Para que la incontinencia no le lleve a cometer adulterio. Por tanto, si se contiene, ni se case ni engendre; pero si no se contiene, cásese lícitamente para que no engendre deshonestamente o más deshonestamente busque la unión sexual sin engendrar. Esto último que digo lo hacen también algunos lícitamente casados, si bien cuando se evita la concepción de la prole es también ilícita y deshonesta la unión carnal con la propia mujer. Esto es lo que hacía Onán, hijo de Judá, y por ese pecado le mató Dios 23.

La propagación de los hijos es, pues, la primera, natural y legítima causa de las bodas; por lo mismo, los que se unen por razón de su incontinencia no deben aliviar su mal de manera que exterminen el bien de las bodas, esto es, la propagación de los hijos. De los incontinentes hablaba el Apóstol cuando decía: quiero que las jóvenes se casen, engendren hijos, gobiernen su casa y no den ocasión de maldecir al adversario. Porque ya algunas se han vuelto atrás en pos de Satanás 24. Al decir quiero que las jóvenes se casen, daba un consejo para evitar la ruina de la incontinencia. Pero añadió a continuación que engendren hijos y gobiernen su casa, para que no piensen tan solo en la flaqueza de su carnal concupiscencia, a la que atendieran en el uso de su matrimonio desdeñando o postergando el bien de las nupcias. Mas los que prefieren la continencia, prefieren sin duda un bien mayor que el del matrimonio, esto es, que el de la generación de los hijos. Y, si se elige la continencia para alcanzar un bien superior al de las nupcias, ¿cuánto más habrá que guardar esa continencia para evitar el adulterio? Porque cuando dijo el Apóstol: si no se contiene, cásese, añadió: porque mejor es casarse que abrasarse 25; pero no dijo: "Mejor es cometer adulterio que abrasarse".

CAPÍTULO XIII

Ante el adulterio conyugal, o reconciliación o continencia

13. A los que no se atreven a reconciliarse con sus cónyuges adúlteros, pero ya curados por la penitencia, no hemos de exhortarles a otra cosa sino a guardar continencia. Porque la mujer, ligada mientras viva a su marido casto o adúltero, comete adulterio si se casa con otro; y el varón, ligado mientras viva a su mujer casta o adúltera, comete adulterio si toma otra. Y pues esta ligadura no se rompe cuando la esposa es abandonada por el cónyuge casto mediante el repudio, mucho menos se rompe si comete adulterio no estando separada. Solo se rompe con la muerte del cónyuge, no del que comete adulterio, sino del que muere corporalmente. Si la mujer se aparta de su marido adúltero y se niega a reconciliarse, permanezca soltera; y si el marido abandona a su mujer adúltera y se niega a recibirla aun después de la penitencia, guarde continencia, si no por la voluntad de elegir un bien mayor, a lo menos por la necesidad de evitar un mal pernicioso.

Esta misma exhortación haría si la mujer contrajera una enfermedad larga e incurable o si estuviese físicamente separada y el marido no pudiese encontrarse con ella. En fin, la misma exhortación haría si la mujer casta abandonase a su marido casto empeñada en guardar continencia contra la disciplina, porque no lo hace de acuerdo con él. Pienso que ningún cristiano duda en tener por adúltero al que se une a otra mujer porque la suya lleva enferma mucho tiempo, o lleva mucho tiempo ausente, o se ha empeñado en guardar continencia. Pues del mismo modo, al dejar a la adúltera, se hace adúltero si toma otra. Porque no es éste o el otro, sino todo el que abandona a su mujer y toma otra comete adulterio 26. Si se apetece poco la vida de los santos, libre del vínculo conyugal, a lo menos témase el castigo de los adúlteros y refrénese la concupiscencia por temor, si no se elige la continencia por amor. Porque no hemos de confiar en nuestras fuerzas, sino que hemos de añadir la oración al esfuerzo para que nos llene de bienes el que nos atemoriza con males.

CAPÍTULO XIV

Absurdas consecuencias de Polencio: tentación de uxoricidio

14. Respondo ahora a ese otro punto: piensas [Polencio] que se obliga a los maridos a castigar sin misericordia a las adúlteras, pues habrán de querer que ellas se mueran si, mientras vivan, no pueden tomar otra mujer. Queriendo exagerar esa crueldad, dijiste: "Me parece, amantísimo padre [Agustín], que aquí falta el sentido divino, pues quedan excluidas la benignidad y la piedad". Así hablas, como si los maridos debieran perdonar a las adúlteras, porque les es lícito tomar otras; y como esto no les es lícito, no perdonan para que les sea lícito. Pero, por el contrario, deben ser misericordiosos con la pecadora para obtener ellos misericordia por sus propios pecados. Y con mayor motivo deben hacerlo así los que, al abandonar a sus mujeres adúlteras, quieren vivir en continencia. Porque deben ser tanto más misericordiosos cuanto más santos quieren ser; para que Dios les ayude a ellos a guardar castidad cuando no se dejan llevar por la pasión humana a castigar a sus esposas que violaron la castidad.

Y principalmente hay que traer a la memoria aquella palabra del Señor: el que esté sin pecado, lance el primero la piedra contra ella 27. No dice: "El que esté sin ese pecado", pues hablamos de varones honestos, sino el que esté sin pecado. Si dicen que están sin pecado, se engañan a sí mismos y la verdad no está en ellos 28. Y, si no se engañan y la verdad habita en ellos, no habitará en ellos una severidad cruel. Sabiendo que no están sin pecado, perdonarán para que se los perdone y no excluirán de sí la benignidad y la piedad. Pero más excluidas quedan estas virtudes cuando quien les pide perdón para los pecados de los cónyuges es la concesión de la deshonestidad, no la cautela de la piedad; es decir, cuando se les pide que perdonen porque tienen autorización para tomar otras mujeres y no porque quieren que a ellos los perdone el Señor.

La profesión cristiana prescribe el perdón del adulterio

15. Cuánto mejor, más honesto, más digno de la profesión cristiana es que les digamos que tengan compasión de la sangre de sus esposas adúlteras, como está escrito: perdona la injusticia a tu prójimo, y cuando pidas perdón se borrarán tus pecados. Conserva el hombre la ira contra el hombre ¿y pide a Dios medicina? No tiene misericordia del hombre semejante a él, ¿y suplica por sus pecados? Siendo él carne, ¿conserva la cólera? ¿Quién se apiadará de los pecados de él? 29 Y en el Evangelio: perdonad y seréis perdonados 30, para que podamos decir: perdónanos nuestras ofensas, como nosotros perdonamos a nuestros ofensores 31. Y el Apóstol: No devuelvas mal por mal 32. Y así hay otros testimonios semejantes en las santas Escrituras, con las cuales, por ser cristiano, se mitiga el ánimo humano cuando se excita a la venganza.

CAPÍTULO XV

En matrimonio cristiano, frente a conflicto disyuntivo
de ilicitudes, antes adulterio que asesinato

¿Cuánto mejor es decir lo anterior que decir: "Perdonad un poco a estas adúlteras y no pidáis su sangre; otras mujeres os consolarán del dolor que estas os causaren; con razón querríais suprimir a éstas del número de los vivientes si su vida os sirviera de impedimento para tomar otra mujer; mas ahora, puesto que en vida de éstas os es lícito contraer matrimonio con otras, por qué os empeñáis en matarlas?" ¿No ves, si decimos eso, cuán lejos está nuestra persuasión del carácter cristiano? Falsamente decimos que les es lícito lo que les está prohibido, a saber, tomar otra mujer viviendo la suya; aunque perdonasen a la suya, no lo harán por piedad, sino por la libre facultad de contraer nuevas nupcias.

En fin, te preguntaré [Polencio] si a un marido cristiano le es lícito matar a la adúltera por la antigua ley de Dios o por las leyes romanas. Si es lícito, mejor es que se abstenga doblemente, es decir, del suplicio lícito, porque ella ha pecado y del matrimonio ilícito porque ella está viva. Si opta por elegir una de las alternativas, preferible es obrar lícitamente castigando a la adúltera que obrar ilícitamente adulterando en vida de ella. Pero si, como es la verdad, a un varón cristiano no le es lícito matar a su mujer adúltera, sino perdonarla, ¿quién será tan loco que le diga a ese varón: "Obra ilícitamente para que te sea lícito lo que no te es lícito"? Según la ley de Cristo, son ilícitas ambas cosas: matar a la adúltera y casarse con otra mujer mientras ella viva; luego ha de abstenerse de ambas cosas y no pagar lo ilícito con lo ilícito. Si ha de obrar ilícitamente, cometa el adulterio y no cometa el asesinato, casándose con otra mujer viviendo la suya, pero no derramando sangre humana. Y si ambas cosas son criminales, no debe hacer la una en lugar de la otra, sino evitar las dos.

CAPÍTULO XVI

Más absurdas secuencias polencianas: que la ley
de Cristo, por prohibir divorcio, obligaría a cometer parricidio

16. Veo aquí lo que pueden decir los incontinentes, a saber: "Suponiendo que perdone y deje vivir a la adúltera, si toma otra mujer mientras la suya vive, será adúltero perpetuo y su penitencia no será fructuosa, porque no se aparta del pecado; si es catecúmeno, no se le admite al bautismo, porque no renuncia al impedimento; aunque se declare penitente, tampoco se le admite a la reconciliación, pues persevera en su malicia; en cambio, si acusa y da muerte a la adúltera, el pecado pasa y no permanece sobre él; si es catecúmeno, se le perdona todo en el bautismo; si es bautizado, hace penitencia y se le cura en la reconciliación". ¿Diremos por eso que el adulterio no es adulterio cuando, sin duda alguna, lo comete por tomar otra mujer viviendo la suya adúltera?

Dejando a un lado ese género de adulterio, no dudas [Polencio] que comete adulterio el que toma a una mujer abandonada por su marido con acta de repudio sin haber cometido ella adulterio mientras viva el marido. Y verá que no es admitido al bautismo el que hace eso, si es catecúmeno; ni hace útil penitencia, si es bautizado, mientras no se corrija y renuncie a lo que hizo. ¿Qué acaecerá si quisiere y pudiere dar muerte al que abandonó a la mujer para que ese asesinato se le perdone en el bautismo o se borre con la penitencia, y así no continúe el adulterio una vez que la mujer ha quedado libre de la ley del marido por la muerte de éste y él puede satisfacer por la penitencia o borrar con la regeneración el crimen ya pasado? ¿Acusaremos por eso a la ley de Cristo de haber obligado a cometer el homicidio al decir que es adulterio el tomar a una repudiada inocente?

Más graves y absurdas secuencias: promoción cristiana
de la malignidad o impiedad

17. Si reparamos un poco en lo que decimos, cosas mucho más graves pueden decirse aquí que las que tú [Polencio] dijiste. Cuando te empeñas en que no sea adulterio el tomar otra esposa, dejando a la adúltera, te encuentras con esto: "Porque, si a eso lo llamamos adulterio, los maridos se verán obligados a matar a las adúlteras, pues su vida les impide tomar otra mujer". Y exagerándolo todavía, decías: "Me parece, amadísimo padre [Agustín], que aquí se echa de menos el sentido divino, pues quedan excluidas la benignidad y la piedad". Supongamos que alguien niega que sea adulterio el que un varón tome a la mujer inocente que ha sido repudiada por su marido; pero descubre contra ti que con esa razón se incita a los hombres a cometer homicidios, a perseguir a los maridos de las repudiadas con cuantas asechanzas y calumnias pudieren, a acusarlos de algunos crímenes verdaderos y matarlos para que, una vez muertos, sea ya matrimonio lo que mientras ellos vivían era adulterio. Ese tal exagerará también y te dirá: "Me parece, amadísimo padre, que aquí se echa de menos el sentido divino, porque no solo quedan excluidas la benignidad y la piedad, sino que se promueve una enorme malignidad o impiedad. A veces es más admisible y tolerable que los maridos maten a las adúlteras que los adúlteros maten a los maridos".

¿Te place que abandonemos la defensa de la sentencia divina en atención a esa vana malignidad o que la acusemos encima, diciendo que no debe condenarse el adulterio cuando una mujer inocente repudiada por su marido se une con otro, no sea que el adúltero se vea obligado a matar al marido que la abandonó, porque desea convertir el adulterio en matrimonio con la muerte del primer marido? Sé que no te place llamar dura e inhumana a la ley de Cristo, que es verdadera y sana, por esa vana malignidad. Por lo mismo, debe parecerte mal que neguemos ser adulterio el tomar otra mujer mientras viva la adúltera, por temor a que el marido pueda verse obligado a matar a la adúltera, pues desea tomar otra, una vez muerta ella, si no le es lícito el hacerlo mientras ella viva.

Los detractores de la fe cristiana pueden decir también que los varones se ven obligados a matar con crímenes insidiosos a sus mujeres cuando son tan molestas que no las pueden tolerar, cuando padecen una enfermedad larga que les impide la unión carnal, cuando son pobres, estériles, deformes, con la esperanza de casarse con otras sanas, opulentas, fecundas, hermosísimas. Exceptuada la causa de adulterio, no les es lícito repudiar a las que no pueden tolerar para tomar otras; tendrían que matarlas para no verse perpetuamente cogidos en adulterio, sin poderse bautizar, ni sanar con la penitencia. ¿Acaso para que no se cometan esos crímenes homicidas diremos que no es adulterio el casarse con otra mujer una vez repudiada la suya por causa de adulterio?

CAPÍTULO XVII

Nueva conclusión aberrante: obligar al adulterio
para liberación conyugal

18. Te gusta [Polencio] decir que no es adulterio el que un varón despida a su mujer por causa de adulterio y opte por otra. ¿No estimas que hemos de evitar que los maridos aprendan a obligar a cometer adulterios a sus mujeres, a las que no pueden tolerar por otras innumerables causas, porque así se romperá, como tú piensas, el vínculo conyugal por el adulterio y ellos podrán ya tomar otras mujeres? ¿No ves que, si las obligaron a cometer adulterio, eso se lava con el bautismo y se cura con la penitencia, mientras que se les negaría tal gracia y tal medicina mientras viviesen con las adúlteras si repudiaban a sus primeras mujeres inocentes y tomaban otras? A no ser que diga alguno que nadie puede obligar a cometer adulterio a su mujer si ella es casta. Pues bien, el Señor dijo: todo el que repudia a su mujer, exceptuada la causa de fornicación, la obliga a cometer adulterio 33. Porque, aunque era casta con su marido, una vez repudiada por él, se ve obligada por la incontinencia a tomar otro en vida del primero, y eso es cometer adulterio. Y aunque ella no lo cometa, él, en cuanto puede, la obliga a cometerlo; y Dios le imputará ese pecado aunque ella se mantenga casta. ¿Y quién no sabe cuán raras son las que viven con los hombres tan castamente que, aunque unos las abandonen, no buscan otros? Es incomparablemente mayor el número de aquellas que antes vivían castamente con sus maridos, pero, una vez abandonadas por ellos, se apresuran a casarse de nuevo. Los hombres creen al Señor, que dice: todo el que repudie a su mujer, exceptuada la causa de fornicación, la obliga a cometer adulterio.

Pues si ahora te creen a ti, cuando dices que, si la esposa adúltera, le es lícito al marido tomar otra, entonces todo el que, por cualesquiera otras molestias, desee librarse de su mujer a la que está ligado, empiece por obligarla a cometer adulterio, abandonándola cuando ella es inocente, y luego tome otra cuando la primera cometa el adulterio casándose otra vez. Una vez hecho esto, se librará por el bautismo o por la penitencia del pecado de haberla obligado a ella a cometer adulterio, y ya creerá que puede retener sin adulterio a la otra, a la que tomó cuando la primera cometió el adulterio y rompió con él el vínculo conyugal. Si trama todo eso, hará adúltera a su mujer y él mismo será adúltero al tomar otra, aunque sea después del adulterio de su mujer. De nada le servirá el haberte creído a ti más bien que a aquel que dijo sin excepción: todo el que repudie a su mujer y tomare otra comete adulterio 34.

CAPÍTULO XVIII

Actitudes varias de continencia conyugal
y extraconyugal premiadas

19. Considerado y discutido todo esto, solo queda que los que lo escuchan con fe nos digan lo que le dijeron al Señor: si tal es la causa del varón con la mujer, no conviene casarse 35. ¿Y qué les respondemos sino lo que él mismo respondió? No todos entienden este problema, sino a quienes fue concedido. Porque hay eunucos que nacieron así del vientre de su madre; y hay eunucos que fueron mutilados por los hombres; y hay eunucos que se mutilaron a sí mismos por el reino de los cielos. Quien pueda entender, entienda 36. Luego el que pueda, entienda lo que no todos entienden; y pueden entender aquellos a quienes se lo otorga una misericordia de Dios oculta, pero justa. Entre todos esos que se mutilan a sí mismos por el reino de los cielos, los hay de ambos sexos que nunca conocieron la unión sexual; los hay que la experimentaron y dejaron; y de éstos, unos la experimentaron lícitamente y otros ilícitamente.

Entre los que la experimentaron lícitamente, unos se contentaron con la lícita, otros buscaron la ilícita además de la lícita, ya que mientras unos se contentaron con su esposa, otros buscaron mujeres extrañas y todo género de estupros. Los que se mutilaron a sí mismos por el reino de los cielos después de experimentar la unión sexual, unos perdieron al cónyuge por la muerte, otros acordaron voto de continencia; otros se mutilaron a sí mismos por el reino de los cielos por una separación necesaria, renunciando a cometer adulterio con otra mujer en vida de la suya; y no para ser más dignos en aquel reino, sino porque de otro modo no podrán entrar en él. Los que se contienen, no por esa necesidad, sino por el deseo de un bien mejor, podrían entrar al reino guardando la pureza conyugal, aunque tengan un premio menor. Mas los que se contienen porque temen unirse a otra mujer en vida de la suya, deben preocuparse por su salvación más que aquellos que eligieron la continencia para obtener un mayor galardón. Entrarán al reino si no son adúlteros; pero, si no se contienen, serán adúlteros, porque en vida de su primera esposa se unieron no a otra esposa, sino a una adúltera. Y si no entran al reino de los cielos, ¿adónde entrarán sino adonde no se salvarán?

CAPÍTULO XIX

Exhortación a hacer voluntaria la continencia forzosa
por la gracia que perfecciona la naturaleza

20. A éstos me dirijo para que hagan lo que deberían hacer si su cónyuge contrajera una larga enfermedad, o estuviera ausente en un lugar inaccesible, o se empeñase en guardar una continencia ilícita. Háganlo también si su cónyuge se ha mancillado con la afrenta del adulterio y se ha separado de él por esa causa; no busquen otro matrimonio, ya que no será matrimonio, sino adulterio. El varón y la mujer se relacionan de igual modo con este vínculo; y si la mujer será llamada adúltera si en vida de su marido se fuere con otro 37, el marido será llamado adúltero si en vida de su esposa se fuere con otra. Todo el que repudie a su mujer y toma otra comete adulterio 38.Y este es más grave cuando no media separación por adulterio.

No les espante el peso de la continencia, pues es leve si es de Cristo; y será de Cristo si hay fe para pedir al que manda lo que manda. No les desanime el parecerles que su continencia es necesidad, no voluntad, ya que también los que la eligieron de voluntad la hicieron luego ser de necesidad, pues no pueden atentar contra ella sin condenarse. También los que la abrazan por necesidad harán que sea de voluntad si no confían en sí mismos, sino en aquel de quien procede todo bien. Aquéllos la abrazaron por causa de una mayor gloria para hallar algo mejor; éstos se refugiaron en ella por causa de su definitiva salvación para no perecer. Perseveren ambos, caminen ambos hasta el fin en el camino que abrazaron; afánense con fervor, supliquen en la oración, pues aquéllos tienen que pensar en su salvación, temiendo caer de aquello que la voluntad abrazó, y éstos han de esperar la gloria si perseveran en lo que la necesidad les impuso. Puede acontecer que Dios los atemorice, exhorte, convierta y llene; y entonces se mejore el sentimiento humano y hagan voto de vivir con perseverancia sin matrimonio, sin unión sexual, sin la inmunda caricia de la deshonestidad; de manera que, aunque la muerte del cónyuge separado les abra la puerta para contraer un nuevo enlace, cierre el voto esa puerta lícita, y lo que comenzó la necesidad, lo termine la caridad. Tendrá entonces el mismo galardón que aquellos casados que prometieron continencia de común acuerdo y que aquellos que eligieron la continencia sin ligarse al matrimonio por un bien superior. Si se contienen, pero se proponen tomar otra mujer en cuanto muera la que con su vida les impide otra unión, aunque mueran ellos primero en esa continencia, no se les premiará sino la pureza conyugal, pues solo por ella no hacen lo que harían si fuese lícito; el vivir en continencia, pero con esa intención, es poca cosa para recibir los premios de aquella continencia que se elige libremente, pero basta para evitar el adulterio.

CAPÍTULO XX

Esposo y esposa, iguales en obligación de castidad conyugal

21. No olvides que me refiero a ambos sexos, pero principalmente a los varones, los cuales se creen superiores a las mujeres, para no ser iguales a ellas en la pureza, en la que ellos debían adelantarse para que ellas les siguiesen como a sus cabezas. Cuando la ley prohíbe los adulterios, no puede admitirse la excusa de debilidad por el pretexto de la incontinencia sexual; pues bajo ese nombre de falsa impunidad abriríamos a muchos la puerta de la perdición. También son de carne las mujeres; y los maridos no quieren que les sea lícita a ellas la misma relación carnal que quieren lícita para ellos por ser varones. Dios libre al sexo varonil de estimar como un debido honor lo que se arranca al pudor, pues el honor justo se debe a la virtud, no al vicio. También las mujeres tienen apetitos carnales, y, sin embargo, ellos les exigen tanta castidad, que cuando se separan de ellas para viajar a lejanas tierras quieren que pasen el ardor de la juventud sin mancillarse con la unión adulterina. (Muchísimas viven en castidad, y especialmente las sirias, cuyos maridos, ocupados en negocios y mercaderías, las abandonan jovencitas y apenas alguna vez vuelven a ellas cuando ya son ancianas.) Eso mismo convence con evidencia a los varones de que pueden eso que ellos dicen que no pueden; si no pudiese la flaqueza de los varones, mucho menos podría el más débil sexo de las mujeres.

La continencia clerical obligada, ejemplo para varones

22. Cuando atemorizamos a estos que confunden la excelencia viril con la licencia de pecar, para que no perezcan eternamente por una unión adulterina, solemos presentarles también la continencia de los clérigos. A éstos se les obliga muchísimas veces a la fuerza a tomar esa carga; y, sin embargo, la llevan hasta el fin debido con la ayuda de Dios. Y nosotros les decimos: "¿Qué sucedería si fueseis elegidos vosotros por la violencia del pueblo para llevarla? ¿No observaríais castamente la obligación aceptada, volviéndoos de pronto a pedir al Señor fuerzas, en las que antes nunca habíais pensado?" Y replican: "A los clérigos les consuela mucho el honor". Pero les respondemos: "Pues que os modere a vosotros mucho más el temor. Si muchos ministros de Dios aceptaron de un modo sorpresivo e inopinado la carga esperando brillar con más fulgor en la heredad de Cristo, ¿cuánto más deberéis vosotros vivir en continencia, evitando el adulterio, temiendo no el brillar menos en el reino de Dios, sino el arder en la gehena de fuego?" Estas y parecidas cosas les decimos, según nuestras fuerzas, a los que quieren contraer nuevas nupcias cuando están separados de sus cónyuges o los han abandonado por el adulterio y se excusan con la flaqueza de la carne cuando se lo prohibimos.

Pero hay que terminar ya este libro y rogar a Dios que no permita que sean tentados con la separación de sus cónyuges; o que lo permita de manera que el miedo de poner en riesgo la salvación se les convierta en coyuntura de una mayor y más probada castidad.